División Jurídica
Nº 11489-2021
DJ-1117
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. DIVISIÓN JURÍDICA. San José a las
nueve horas cuarenta y seis minutos del cinco de agosto de dos mil veintiuno
Procedimiento administrativo de la Hacienda Pública n.° CGR-PA-2018003160 seguido
contra: Marco Lino Mora Ramírez, portador de la cédula de identidad n.° 303390904, Luis
Héctor Tabares de Tolentino Carvajal, cédula de identidad n.° 302830004, Gaudy María
Piedra Martínez, cédula de identidad n.° 303390888, Juan José Cordero Gómez, portador de
la cédula de identidad n.° 304430809, Luis Francisco Calvo Solano, cédula de identidad n.°
303530598, Juan Antonio Solano Ramírez, cédula de identidad n.° 106890115; Jorge Arturo
López Murillo, cédula de identidad n.° 303900638 y la empresa HUAWEI TECHNOLOGIES
COSTA RICA S.A, cédula jurídica n.° 3-101- 499588.
RESULTANDO
I- Mediante la resolución n.° 08080-2018 (DJ-0753) de las 11:34 horas del 11 de junio de
2018, se dispuso la imposición de las medidas cautelares que pesaban sobre los bienes
inmuebles: Finca: N.° 102936-001. Finca cuya descripción es la siguiente: terreno de
agricultura, situada en el distrito 8-Tierra Blanca, cantón 1.- Cartago, de la provincia de
Cartago, linderos: Norte: Alfredo Sanabria, Sur: Camino Público, Este: Guido Quesada,
Oeste: Camino Público y Dagoberto Garita. A nombre de Luis Héctor Tabares de Tolentino
Carvajal, cédula de identidad N.° 302830004. Finca: N.° 185395-000. Finca cuya descripción
es la siguiente: terreno para construir, situada en el distrito 1-San Rafael, cantón
7-Oreamuno, de la provincia de Cartago, linderos: Norte: Carlos Alberto Díaz Olsen, Sur:
Carlos Alberto Díaz Olsen, Este: Calle Pública de 14 metros, Oeste: María Luisa Villalta
Loaiza. A nombre de Luis Héctor Tabares de Tolentino Carvajal, cédula de identidad N.°
302830004. Finca: N.° 191797-000. Finca cuya descripción es la siguiente: terreno para
construir, lote N° 92, situada en distrito 5- Llanos de Santa L ...
Fecha publicación: 05/08/2021
Fecha emisión: 05/08/2021
Institución: JUNTA ADMINISTRATIVA DEL SERVICIO ELECTRICO MUNICIPAL DE CARTAGO (JASEC)
Emite: División Jurídica
Tipo documental: RESOLUCION
Proceso: COMUNICACION- SEGUIMIENTO DE LA SANCION
Opiniones y Sugestiones
Costo inicial y lecciones del COVID-19:
hacia una nueva Hacienda Pública
DFOE-AE-OS-00002-2021
« Los distintos desafíos que han surgido por la pandemia
confluyen en una misma dirección: se requiere una Hacienda
Pública más resiliente, capaz de anticipar, adaptarse y superar
con rapidez los problemas complejos del entorno incierto. Ante
este panorama es preciso capitalizar los aprendizajes, pues
dejarlos pasar equivale a incrementar un costo que por sí mismo
es sumamente elevado. La urgencia es clara y la oportunidad
está ante el país.»
3
Introducción
Como cualquier otra emergencia, el COVID-19 implica un costo tanto para la Hacienda Pública como para
las familias, las empresas y la sociedad en general. Sin embargo, sus características la convierten en una
situación muy distinta a otros eventos como terremotos, sequías o tormentas, más habituales para el país.
En primera instancia, la pandemia no es un suceso acotado, pues se desconoce cuándo finalizará, presenta
oscilaciones (olas pandémicas) y la magnitud de sus efectos tampoco es conocida, aunque se tiene claridad
de que son profundos y en diversos campos.
A diferencia de enfermedades infecciosas previas que ha enfrentado Costa Rica1 y el mundo2, más que una
crisis puntual, la emergencia actual ha implicado una disrupción que trascendió el ámbito de la salud
pública y afectó profundamente a nivel social y económico; en consecuencia, la Hacienda Pública se
enfrenta ahora a nuevos desafíos y complejidades.
En esta línea, Costa Rica ha estado batallando con una emergencia atípica desde una posición fiscal
vulnerable. Pese a que en 2019 y 2020 se observaron los primeros efectos de la Ley de Fortalecimiento de
las Finanzas Públicas en términos de recaudación y contención del gasto3, la emergencia erosionó estos
resultados y el país cerró el año 2020 con un nivel de deuda del 65,7% del PIB y un déficit financiero del
8,3%, el más elevado desde el último su ...
Fecha publicación: 04/05/2021
Fecha emisión: 30/04/2021
Institución: COMISION NACIONAL DE PREVENCION DE RIESGOS Y ATENCION DE EMERGENCIAS
Emite: AREA FISC. SERV. AMBIENTALES Y ENERGIA
Tipo documental: OPINIONES Y SUGESTIONES
Proceso: ELABORACION DE INSUMOS PARA LA MEMORIA ANUAL DE LA CGR
División Jurídica
N° 1733-2021
DJ-0152
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. DIVISIÓN JURÍDICA. A las siete horas
con treinta minutos del cuatro de febrero de dos mil veintiuno.
Procedimiento Administrativo de la Hacienda Pública Expediente n.°
CGR-PA-2019004052 seguido contra Jeison Alpízar Vargas.
RESULTANDO
I.- Que mediante resolución n.° 16214 (DJ-1544) de las 13:30 horas del 19 de octubre de
2020, este Órgano Decisor dictó la resolución final del procedimiento administrativo
cge-pa-2019004052 y declaró lo siguiente: “(…) SE RESUELVE: I-. Declarar al señor
Jeison Vinicio Alpízar Vargas, responsable administrativamente en grado de culpa grave,
razón por la cual se recomienda de forma vinculante sancionarlo con la suspensión de
TREINTA DÍAS, conforme lo establece el 39 inciso b) de la Ley Contra la Corrupción y el
Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública. II.- Declarar civilmente responsable en grado
de culpa grave al señor Jeison Vinicio Alpízar Vargas, por el monto de ¢11.550 (once mil
quinientos cincuenta colones exactos) el cual deberá reintegrar al erario y devengará
intereses legales una vez en firme la resolución final hasta el respectivo pago, de
conformidad con el artículo 1163 del Código Civil. III.- Se realiza la primera intimación de
pago al señor Jeison Alpízar Vargas y se le concede el término de cinco días hábiles a
partir de la firmeza de la presente resolución para que deposite la suma correspondiente
en la cuenta bancaria de la Municipalidad de Quepos; lo cual deberá demostrar a esta
Contraloría General mediante documento idóneo. Una vez vencido dicho plazo y en caso
de no haberse satisfecho la obligación patrimonial, se hará una segunda intimación, de
conformidad con lo dispuesto con el artículo 150 de la Ley General de la Administración
Pública. Estando firme la presente resolución y habiéndose realizado las debidas
intimaciones, conforme lo establecen los artículos 204 y 210 de la Ley General de la
Contraloría ...
Fecha publicación: 04/02/2021
Fecha emisión: 04/02/2021
Institución: MUNICIPALIDAD DE QUEPOS
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: RESOLUCION PUBLICABLE
Proceso: COMUNICACION- SEGUIMIENTO DE LA SANCION